La Ley Nacional Nº 27.305, conocida como Ley de Residuos Sólidos Urbanos, fue sancionada el 30 de diciembre de 2009 y promulgada el 3 de enero de 2010. Establece la responsabilidad del Estado nacional, provincial y municipal en la gestión integral de los residuos sólidos urbanos; establece la obligación de los municipios de contar con un Plan Integral de Gestión de Residuos (PIGR); y establece la obligatoriedad de las empresas prestadoras de servicios públicos de recolección, transporte y disposición final de residuos de contar también con un PIGR.
En este sentido, la Ley 27.304, conocida por su sigla RG 2766, es la norma que regula la gestión de los desechos sólidos urbanos en la Argentina. Esta ley se encuentra vigente desde el 1 de enero del año 2011 y tiene como objetivo establecer las bases para la implementación de un sistema integral de gestión ambiental de los desperdicios sólidos urbanos, a través de la creación de un marco normativo que garantice la adecuada gestión de estos residuos, así como la protección del ambiente y la salud pública.
La RG 2760 establece que el PIGRs debe ser elaborado por los municipios, previa consulta a los sectores involucrados, y aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional. El PIGRS debe contener una descripción de la situación actual de los sistemas de gestión, incluyendo la información necesaria para evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo.
Introducción
Contenidos
La Ley 27304/16, conocida popularmente como Ley Nacional de Residuos, es una ley nacional que regula los procesos de gestión integral y tratamiento de los Residuos Suelos Urbanos (RSU) en todo el territorio nacional. Su objetivo es asegurar la correcta gestión de dichos residuos, proteger el ambiente y garantizar la salud de la población.
La Ley 26.550, conocida comúnmente como la Ley de Basura Cero, es un proyecto de ley presentado por el diputado nacional Juan Manuel Abal Medina, que busca reducir la generación de residuos y promover la reutilización y el reciclaje de los mismos. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados el pasado 16 de noviembre de 2016.
La normativa establece que los residuos deben ser gestionados de manera integral, lo que implica que no pueden ser depositados en vertederos o incinerados. Además, establece que todos los residuos generados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben ser tratados en plantas de tratamiento de residuos peligrosos, mientras que en el resto del país se deberá implementar un sistema de gestión integrado de residuos.
La ley establece que la gestión integrada de residuos consiste en la eliminación de los materiales mediante el uso de tecnologías apropiadas, evitando la generación y/o acumulación de residuos.
Normas internacionales
Las normas internacionales son documentos elaborados por organizaciones internacionales con el objetivo de establecer estándares mínimos para la protección del medio ambiente y la salud humana. Las normas internacionales tienen carácter vinculante para los países signatarios, quienes deben aplicarlas en sus territorios.
En este sentido, las normas internacionales establecen los criterios mínimos que deben cumplir los países para lograr el desarrollo sostenible. Entre ellas, podemos mencionar las siguientes:
– Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992): Establece los principios fundamentales para el desarrollo sustentable y establece los objetivos de desarrollo sostenible.
– Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (1992).
– Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992). Estableció los principios y directrices para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica.
– Protocolo de Montreal sobre sustancias que agotan la capa de ozono (1987). Es uno de los acuerdos ambientales más importantes del mundo, ya que prohíbe la producción, importación, exportación y uso de sustancias que dañan la capa protectora del ozono.
– Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982).
Necesidades y desafíos del país
Argentina es uno de esos países que se encuentra en una situación crítica respecto a la gestión de los residuos sólidos urbanos: según datos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, en Argentina se generan aproximadamente 1.500 toneladas diarias de residuos urbanos, lo que equivale a un promedio de 2.000 toneladas por habitante. Esto significa que cada habitante genera alrededor de 10 kilos de residuos por día, lo cual representa un volumen de residuos equivalente a dos veces la capacidad de tratamiento de la planta de tratamiento más grande del país.
La generación de residuos en Argentina es muy alta debido a la gran cantidad de habitantes que tiene el país, pero también a la falta de políticas públicas adecuadas para su gestión. Por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires, donde viven cerca de 11 millones de personas, sólo hay una planta de disposición final de residuos, ubicada en el partido de La Matanza, que recibe alrededor de 300 toneladas diarias. Esta planta está saturada y no puede recibir más residuos, por lo que se debe recurrir a camiones recolectores para llevar los residuos a otras plantas de tratamiento.
Además, la mayoría de los municipios argentinos no cuentan con sistemas adecuados para la recolección de los diferentes tipos de residuos.
El marco normativo argentino
En Argentina, la gestión integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) se encuentra regulada por la Ley Nacional Nº 26.550, conocida como Ley de Residuos Sueltos, que fue promulgada en el año 2006. Esta ley establece las bases para la gestión adecuada de los RSU, estableciendo responsabilidades y obligaciones para los distintos actores involucrados en el proceso.
Esta ley establece que los RSUs deben ser tratados de manera adecuada, mediante la separación en origen, el reciclado, la recuperación y el aprovechamiento de los materiales reciclables, así como la disposición final adecuada de aquellos que no pueden ser reciclados o recuperados. Además, establece que todos los RSUS deben ser gestionados de manera ambientalmente sostenible, minimizando los impactos ambientales negativos y maximizando los beneficios ambientales positivos.
La Ley de RSU establece que la gestión integrada de los mismos debe realizarse en forma descentralizada, participativa y democrática, con participación de los sectores público y privado, y con la participación de la comunidad en general. Asimismo, establece la necesidad de contar con un sistema de información que permita monitorear y evaluar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.
Principales aspectos de la norma internacional RG 2766
1.- El objetivo de la Norma Internacional es establecer los requisitos mínimos para la implementación de sistemas de gestión integrados de residuos municipales en todo el mundo.
2.- La Norma Internacional tiene como objetivo proporcionar una guía para la aplicación de sistemas integrados de gestión a nivel mundial, al mismo tiempo que reconoce la diversidad de situaciones y condiciones locales.
3.- Los requisitos de la NIIF 16 son aplicables a todas las organizaciones independientemente de su tamaño, sector o ubicación geográfica.
4.- Las organizaciones que implementan sistemas de Gestión Integrada de Residuos Municipales (GIRM) deben aplicarlos de acuerdo con los requisitos de esta Norma Internacional.
5.- Para cumplir con los requerimientos de la Normas Internacionales, las organizaciones deben implementar un sistema integrado de gestión que incluya los siguientes elementos:
6.- Un sistema de gestión integrado de residuos consiste en un conjunto de procesos, políticas, procedimientos y prácticas que se utilizan para gestionar los residuos desde su generación hasta su disposición final.
7.- Una organización puede implementar un Sistema de Gestión Integral de Residuos (SGIR) si cumple con los siguientes requisitos:
8.- Es importante tener en cuenta que la implementación exitosa de un SGIR requiere la participación activa de toda la organización.
9.
Aplicación práctica de la norma en Argentina
En Argentina, la Ley Nacional Nº 26.550 establece que los residuos sólidos domiciliarios deben ser gestionados por los municipios, quienes deben contar con un sistema de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los mismos.
La Ley Nº 26551 establece que el municipio debe elaborar un Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (PGRSU) que contenga los objetivos, metas y acciones a desarrollar en el plazo de cinco años, así como también los recursos necesarios para su cumplimiento.
El PGRSU debe ser aprobado por el Concejo Deliberante y publicado en el Boletín Oficial.
El artículo 6º de la Ley Nº 27.338 establece que la autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Provincia de Buenos Aires es la autoridad provincial de aplicación.
El Consejo Federal de Medioambiente es el órgano de coordinación interjurisdiccional de la política ambiental nacional.
El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) es el organismo técnico de asesoramiento del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la República Argentina.
Conclusiones
1. El objetivo de la RG 2766 es establecer las bases para la implementación de un sistema integral de gestión integrada de residuos municipales, que permita alcanzar una adecuada gestión de los residuos urbanos, minimizando los impactos ambientales y sociales asociados a su generación y disposición.
2. La RG 2726 establece que se entiende por residuos sólidos aquellos materiales o productos que no pueden ser reutilizados, reciclados o valorizados de otra manera, y que son producidos por actividades humanas, tales como la construcción, la industria, el comercio, el transporte, la agricultura, la ganadería, la pesca, la minería, la energía, entre otras.
3. La gestión de estos residuos consiste en la recolección, traslado, tratamiento y/o disposición final, según corresponda, de los desechos generados en el ámbito de la jurisdicción municipal.
4. La normativa prevé la creación de un Sistema Integrado de Gestión Municipal de Residuos (SIGMUR), que deberá estar conformado por los siguientes elementos:
a) Un Plan de Acción Integral de Gestión Integral de Residuos Municipales (PAIGIRM), que será elaborado por el municipio y aprobado por la autoridad competente.
Referencias bibliográficas
1. Ley Nacional Nº 26.305, de Residuos Sólidos Urbanos, publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre de 2008.
2. Decreto Nº 1.094, de fecha 12 de marzo de 2009, publicado en el B.O. el 13 de marzo; y sus modificatorios.
3. Resolución General Nº 2726, de fechas 9 de mayo de 2009 y 29 de junio de 2009 publicadas en el Boletines Oficiales Nros. 37.983 y 37.984, respectivamente.
4. Resoluciones Generales Nº 2727, de 28 de septiembre de 2009 – B. O. Nº 38.831, y Nº 2728, de 4 de octubre de 2009 – B.o. Nº 39.982.
5. Resolucion General Nº 3.333, de 6 de noviembre de 2009- B.O: Nº 40.953, y sus modificaciones.
6. Resoluccion General Nº 4.111, de 7 de diciembre 2010 – BOE Nº 41.963, y su modificatoria Nº 4222, de 8 de febrero de 2011.
7. Resolucin General Nº 5.221, de 10 de abril de 2011 – BOA Nº 42.
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