En el marco de la crisis económica que atraviesa Argentina, el Gobierno nacional anunció que implementará una nueva medida para recaudar fondos. Se trata de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo, que se sumará al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El nuevo tributo tendrá un valor del 2% sobre los depósitos bancarios en moneda extranjera, con un tope de $ 100.000 por mes. El monto máximo será de $ 200.000 si se trata de depósitos en pesos.
La medida fue anunciada por el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, quien explicó que el objetivo es «generar recursos para financiar el gasto público». Además, aseguró que el nuevo impuesto «no afectará a los ahorristas».
El anuncio se da en medio de la fuerte caída de la economía argentina, que ya acumula una recesión de más de tres años. Según datos oficiales, la economía cayó un 5,5% en el primer trimestre del año, lo que representa la peor caída desde el inicio de la gestión Cambiemos.
El presidente Mauricio Macri había anunciado que el Gobierno iba a implementar un nuevo esquema impositivo para recaudar más fondos. Sin embargo, el proyecto no prosperó en el Congreso y ahora se espera que el Ejecutivo pueda avanzar con la medida.
El nuevo impuesto se suma al Impuesto PAIS, que grava a las personas físicas con ingresos superiores a los $ 150.000 mensuales.
El impuesto se aplicará a los depósitos en efectivo de personas físicas y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, que superen los $200.000.
Contenidos
- El impuesto se aplicará a los depósitos en efectivo de personas físicas y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, que superen los $200.000.
- Los bancos deberán informar al Banco Central de la República Argentina (BCRA) el monto total de los depósitos en moneda extranjera que superen los 200.000 pesos argentinos.
- La información deberá ser remitida por los bancos a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se produzca el depósito.
- En caso de que el banco no remita la información dentro del plazo establecido, el BCRA podrá aplicar el impuesto sobre dichos depósitos sin necesidad de requerirle información adicional.
- El impuesto será aplicable a los depósitos realizados en moneda extranjera con anterioridad al 1 de enero de 2021.
- El impuesto no será aplicable a las operaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
- Las personas físicas y las personas jurídicas podrán solicitar la devolución del impuesto pagado hasta el 31 de marzo de 2021. Para ello, deberán presentar una declaración jurada ante la Administración Federal
- A partir del 1 de abril de 2021, las personas físicas y empresas podrán solicitar la devolucion del impuesto pagado durante el año 2020. Para ello deberán presentar una solicitud ante la
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Los bancos deberán informar al Banco Central de la República Argentina (BCRA) el monto total de los depósitos en moneda extranjera que superen los 200.000 pesos argentinos.
La medida fue anunciada por el presidente Mauricio Macri durante su discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York. El mandatario argentino explicó que el objetivo es recaudar unos u$s 1.000 millones anuales para financiar el déficit fiscal.
El impuesto será aplicado a los fondos en efectivo que superen el monto de 200.00 pesos argentinos, según informó el diario La Nación.
El Gobierno argentino busca recaudar u$s 1 mil millones anuales con el nuevo impuesto a los dólares en efectivo
El impuesto comenzará a regir a partir del 1° de enero de 2017 y afectará a los ciudadanos argentinos y extranjeros residentes en el país. Los depósitos en dólares que superen ese monto tendrán que pagar una tasa del 2%.
El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, dijo que el impuesto no afectará a las personas físicas ni a las empresas. Sin embargo, aclaró que el gobierno no tiene previsto aumentar el impuesto a las Ganancias.
El proyecto de ley que establece el impuesto fue presentado por el diputado del Frente para la Victoria, Pablo Kosiner, quien aseguró que el tributo tendrá un impacto positivo en la recaudación del Estado.
El Impuesto a los Depósitos en Efectivo es un tributo que grava los depósitos realizados en efectivo en entidades financieras, ya sean bancos o casas de cambio.
La información deberá ser remitida por los bancos a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se produzca el depósito.
En este caso, la información deberá presentarse en forma electrónica, mediante el sistema de comunicación directa con el Banco Central (Sistema BCRA), en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día en que surta efectos la obligación de informar.
El Banco Central podrá requerir la presentación de la información complementaria que considere necesaria para la correcta determinación del impuesto.
El incumplimiento de la obligación establecida en el presente artículo dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 37 de la Ley Nº 24.156.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas reglamentará la forma de presentación de los datos y la documentación que deben ser presentados por los sujetos obligados.
El Ministro de Hacienda establecerá los plazos máximos para la presentación y envío de la documentación requerida.
El Poder Ejecutivo reglamentará el procedimiento para la determinación del monto del impuesto, así como también los plazos para la realización de las operaciones gravadas.
El pago del impuesto se realizará en las entidades financieras autorizadas a operar en el mercado local, en los términos previstos en la reglamentación.
El importe del impuesto será acreditado en la cuenta bancaria del contribuyente en el momento en que éste efectúe el depósito en efectivo.
En caso de que el banco no remita la información dentro del plazo establecido, el BCRA podrá aplicar el impuesto sobre dichos depósitos sin necesidad de requerirle información adicional.
Los depósitos en efectivo realizados por personas físicas o jurídicas residentes en el país, serán gravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 2%, según lo establece el artículo 1º de la Resolución General Nº 4.982, publicada en el Boletín Oficial el pasado 30 de diciembre de 2020.
El impuesto será aplicable a los depósitos en moneda nacional efectuados por personas humanas y jurídicas residentes argentinos, en cualquier entidad financiera autorizada a operar bajo la modalidad de banca electrónica, en pesos argentinos, dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, yenes japoneses, reales brasileños, y otras monedas extranjeras.
El monto del tributo se calculará aplicando el tipo de cambio promedio ponderado vigente en el mes anterior al de la operación, determinado por el Banco de la Nación Argentina, al valor nominal de los depósitos.
El cálculo del impuesto estará sujeto a la presentación por parte del contribuyente:
a) De la declaración jurada anual de operaciones financieras, conforme lo dispuesto en el Título II de la ley Nº 27.
El impuesto será aplicable a los depósitos realizados en moneda extranjera con anterioridad al 1 de enero de 2021.
El impuesto se aplicará a los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro, de cheques, de títulos valores, de depósitos a plazo fijo, de fondos comunes de inversión, de certificados de depósito, de letras de cambio, de pagarés, de bonos, de obligaciones negociables, de acciones, de cuotas partes de sociedades anónimas, de fideicomisos, de mandatos de administración de fondos, de seguros, de rentas vitalicias, de pensiones, de jubilaciones, de asignaciones familiares, de planes de retiro, de préstamos personales, de tarjetas de crédito, de débito, de servicios de telefonía móvil, de internet, de televisión por cable, de telefonía fija, de energía eléctrica, de gas natural, de agua potable, de transporte público, de telecomunicaciones, de juegos de azar, de loterías, de apuestas deportivas, de sorteos, de rifas, de tómbolas, etc., que sean mantenidos en entidades financieras autorizadas a operar como banca electrónica.
El impuesto no será aplicable a las operaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
La medida fue anunciada por el presidente Alberto Fernández durante la apertura de sesiones ordinarias del Congreso Nacional. El mandatario explicó que el objetivo es recaudar unos $us 2.000 millones para financiar el plan de vacunación contra el coronavirus.
El impuesto no afectará a las personas físicas ni jurídicas que mantengan sus depósitos en moneda nacional o extranjera en entidades bancarias autorizadas a funcionar como banca digital.
El Gobierno argentino anunció este martes que aplicará un impuesto especial del 2% a los retiros en efectivo de las cajas de ahorro y de las sucursales bancarias, una medida que busca recaudar unos 2.500 millones de dólares para financiar la campaña de vacunación masiva contra el Covid-19.
El anuncio lo hizo el presidente argentino, Alberto Fernández, durante la sesión de apertura de las sesiones ordinaria del Congreso, donde destacó que el impuesto «no afectará a quienes mantengan su dinero en moneda local o extranjera» en entidades bancarías autorizadas a trabajar como banca virtual.
El presidente dijo que el nuevo impuesto «es una contribución solidaria» que se suma a las medidas tomadas por el Gobierno para enfrentar la pandemia de coronavirus, que ya deja más de 100.000 muertos en Argentina.
El tributo, que comenzará a regir a partir del 1 de febrero, tendrá un tope de $us 10.
Las personas físicas y las personas jurídicas podrán solicitar la devolución del impuesto pagado hasta el 31 de marzo de 2021. Para ello, deberán presentar una declaración jurada ante la Administración Federal
El impuesto especial al retiro de efectivo de cuentas bancarias (en adelante, «impuesto al retiro») tiene por objeto gravar con un 2% el monto total de los depósitos en efectivo realizados en las entidades financieras autorizadas a operar como banca electrónica, desde el 1ro. de febrero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021.
El Impuesto al Retiro podrá ser solicitado por las personas humanas y las sucesiones indivisas, así como por las sociedades comerciales, las asociaciones civiles y las fundaciones, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1° de la presente ley.
El monto máximo de los montos a considerar para el cálculo del impuesto al retiro será el equivalente a diez veces el importe de la remuneración imponible mensual promedio de los últimos doce meses anteriores a la fecha de solicitud del impuesto, calculado conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo 3° de la Ley N° 27.260.
El plazo para solicitar la devolucion del impuesto pago hasta el dia 31 de Marzo de 2021 sera de 60 dias corridos contados a partir de la fecha en que se haya efectuado el retiro.
A partir del 1 de abril de 2021, las personas físicas y empresas podrán solicitar la devolucion del impuesto pagado durante el año 2020. Para ello deberán presentar una solicitud ante la
En el caso de las personas naturales, la solicitud deberá presentarse ante la AFIP dentro de los 60 días corridos posteriores a la finalización del período fiscal correspondiente al ejercicio en el que se solicita la devolución. La solicitud deberá contener los datos personales del solicitante, la información referida a la cuenta bancaria en la que se realizó el depósito, el monto del depósito y la fecha del mismo.
La AFIP dispondrá de un plazo de 60 días hábiles para resolver la solicitud presentada. Si la solicitud no fuera aceptada, la misma podrá ser presentada nuevamente dentro de un nuevo plazo de sesenta días hábils.
Si la solicitud fuera aceptada: la AFIRP emitirá una resolución en la cual se indicará el monto a devolver, el plazo para efectuar el pago y la documentación que deberá adjuntarse a la solicitud.
Si el contribuyente no efectúa el pago dentro del plazo establecido, la AFINP podrá requerirle el pago mediante el procedimiento de apremio previsto en el Título IV de la ley Nº 25.065.
El impuesto al retiro podrá aplicarse a los depósitos realizados en cualquier entidad financiera autorizada a operar bajo la modalidad de banca electrónica.
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