La Ley General de Trabajo establece que las empleadas del hogar deben recibir un salario mínimo mensual, el cual es de $9.000. Sin embargo, este monto puede variar según la cantidad de horas trabajadas y el tipo de contrato que se haya firmado.
En el caso de las empleadoras, el pago de los salarios mínimos debe realizarse en dos cuotas, una al inicio del contrato y otra al final del mismo. En el caso particular de las trabajadoras domésticas, el salario mínimo debe ser pagado en tres cuotas, siendo la primera al inicio de la relación laboral y las otras dos al final de la misma.
Para calcular el salario de las mujeres empleadas en el hogar, se toma como referencia el promedio de los ingresos de los últimos 12 meses, tomando en cuenta los ingresos brutos y netos. Para ello, se debe dividir el ingreso bruto entre el número de horas laboradas por semana.
Si el ingreso neto es menor al ingreso bruto, se resta el ingreso neto; si el ingreso total es mayor al ingreso neto, se multiplica el ingreso por el número total de horas semanales.
Por ejemplo, si una empleada doméstica gana $12.000 brutos mensuales, y trabaja 40 horas semanales, su salario mínimo será de $11.000 ($12.00 x 40 = $11,000).
Aportes obligatorios
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Los aportes obligatorios son aquellos que deben realizar las empleadores a la seguridad social, tales como el aporte patronal, el aporte solidario y el aporte parafiscal. Estos aportes se realizan con base en el salario que percibe la empleada doméstica.
El aporte patronal es aquel que debe realizar la empleadora a la Seguridad Social, y consiste en un porcentaje del salario que recibe la empleada. Este porcentaje varía según el régimen tributario que tenga la empresa.
El segundo aporte obligatorio es el aporte solidarios, que consiste en una contribución que debe hacer la empleador a la salud y pensión de sus empleados. Este aporte se realiza con base al salario que reciben los empleados.
El tercer aporte obligatorio que debe efectuar la empleada doméstica es el parafiscales, que corresponde a un porcentaje de los impuestos que paga la empleada.
El cuarto aporte obligatorio lo realiza la emplead doméstica a la Caja de Compensación Familiar, y tiene como objetivo garantizar el acceso a la educación superior de sus hijos. Este beneficio se otorga a las empleas domésticas que tengan hijos menores de 18 años.
El quinto aporte obligatorio corresponde a la empleadas domesticas que trabajan en casas particulares, y se realiza a través de la Caja Nacional de Salud.
Contribuciones voluntarias
La contribución voluntaria es aquella que no está estipulada en el contrato de trabajo, pero que la empleada doméstica debe realizar. Estas contribuciones pueden ser por concepto de vivienda, alimentación, transporte, entre otros.
Las contribuciones voluntarias se pagan mensualmente, y su monto depende de la cantidad de horas trabajadas por la empleada durante el mes. Por ejemplo, si la empleada trabaja 40 horas semanales, deberá pagar una contribución mensual de $300.000.
Si la empleada trabajó 80 horas semanales durante el mismo mes, deberá abonar una contribución de $600.000. Si la empleada realizó 100 horas semanales en el mes, tendrá que pagar una cuota de $900.000 mensuales.
En caso de que la empleada realice más horas de las estipuladas en el convenio colectivo, deberá aportar más dinero. Por ello, es importante que la contratante conozca bien el convenio laboral que tiene con la empleada, para evitar problemas futuros.
Para calcular el monto de la contribución voluntaria, se debe dividir el salario bruto de la empleada entre el número de horas que trabajó durante el período de referencia. Por tanto, si el salario de la trabajadora doméstica es de $200.000, y trabajó 40 horas durante el periodo de referencia, la contribución será de $400.
Cómo calcular los aportes
El cálculo de los aportes a la seguridad social de las empleadas domesticas se realiza de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Ley 2420 de 1991, modificado por el artículo 1 del Decreto 1074 de 2015.
El pago de los derechos de seguridad social se realiza mediante el recibo de nómina, el cual debe ser entregado a la empleada antes del día 15 del mes siguiente al que se haya realizado el pago.
El recibo de sueldo debe contener el nombre completo de la persona que lo recibe, el número del documento de identidad, el nombre de la empresa, el cargo, el salario mensual y el número total de horas laboradas.
El valor de los pagos de seguridad sociales se calcula de acuerdo a la base de cotización de la empleada:
La base de cotizaciones de la Seguridad Social es el promedio de los salarios brutos de los últimos 12 meses anteriores al mes en que se efectúa el pago.
Cómo calcular las contribuciones
Los aportes a salud son obligatorios para todas las empleadas; sin embargo, no todos los empleadores pagan estos aportes. Por ejemplo, si el empleador no paga los aportes de salud, la empleada puede solicitarlos a través de la EPS o IPS donde trabaja.
En cuanto a los aportes para pensión, solo las empleadoras que tengan más de 100 trabajadores deben pagarlos. Si la empresa tiene menos de 100 empleados, no es obligatorio que pague estos aportes.
Las empleadas pueden solicitar los aportes cuando cumplan los requisitos establecidos en la ley. Estos requisitos son:
Si la empleada cumple con los requisitos mencionados anteriormente, debe presentar una solicitud ante la EPS (Administradora de Riesgos Laborales) o IPS (Instituto de Previsión Social) donde trabaja. La solicitud debe ser presentada dentro de los primeros 30 días del mes en el que se realice el pago de la nómina.
Para realizar la solicitud, la empleadora debe entregarle a la trabajadora copia de la hoja de vida, copia de su cédula de ciudadanía y copia de los recibos de nómina de los tres últimos meses.
Una vez que la solicitud sea aceptada, la EPS le entregará a la empleadx un recibo de pago por concepto de aportes a pensión.
Cómo hacer el cálculo
El cálculo de los aportes a pensiones y salud se realiza de acuerdo con el salario mensual de la empleada. Este salario se calcula tomando en cuenta el promedio de los últimos tres meses de trabajo.
El cálculo del aporte a salud se hace de acuerdo al salario mensual bruto de la persona. Este valor se obtiene dividiendo el salario bruto entre el número de horas trabajadas en el mes.
El aporte a pensión se calcula de acuerdo a la edad de la mujer. Para ello, se toma en cuenta la edad actual de la trabajadora, la edad máxima de jubilación y la tasa de reemplazo.
La tasa de sustitución es el porcentaje que se toma como referencia para calcular el monto de la pensión. Esta tasa se calcula teniendo en cuenta los años de servicio y la edad en la que se jubiló la empleada.
Por ejemplo, una empleada que trabajó durante 20 años y que cumplió 65 años de edad, tendrá una tasa de sustitutividad del 80%. Esto quiere decir que, si la empleada se jubilara a los 65 años, recibiría el 80% de su salario.
El monto de los pagos de pensión se determina tomando en consideración la tasa anual de reemplazo. Esta cifra se calcula dividiendo la tasa bruta de reemplazo entre el tiempo de servicio.
Cuándo se deben pagar
Las empleadas tienen derecho a recibir un pago por concepto de aportes y contribuciones a la seguridad social. Estos pagos se realizan cada mes, según el salario que perciben.
Los aportes y las contribuciones se calculan:
El salario mensual neto de la empleada:
El sueldo bruto de esta empleada (que incluye los descuentos salariales).
El porcentaje de descuento salarial que corresponde a la empleada (por ejemplo, el 10%).
El salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV):
La tasa efectiva de reemplazo:
Se calcula dividiéndolo entre el período de servicio efectivo.
El período de servicios efectivo se calcula sumando los años trabajados y restando los años cotizados.
El SMLMV se calcula multiplicando el salario mínimo diario vigente (SMDV) por el número total de días trabajados en el año.
El SMDV se calcula dividiendo el salario diario mínimo (SDDV) entre 365 días.
Qué pasa si no se pagan
¿Qué pasa si una empleada doméstica no paga sus aportes y su contribución a la Seguridad Social?
Si una empleada no paga su aporte y su cuota a la SS, puede incurrir en una multa de hasta S/. 1,000.00. Además, si la empleada no cumple con el pago de sus aportes, podría perder su licencia de trabajo.
¿Cómo se determina el monto de la multa?
El monto de sanción es determinado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Este monto varía según la gravedad de la falta cometida por la empleada.
¿Cuándo se debe pagar la contribución?
La contribución se debe realizar cada mes. El pago se realiza en la misma fecha en que se recibe el sueldo.
¿Qué pasa cuando no se paga la contribución? ¿Qué pasa si la empleadora no paga la cuota?
Si la empleada doméstica no hace el pago correspondiente a su contribución, la empleador puede solicitar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que le imponga una multa. Esta multa puede ser de hasta el 50% del monto de su contribución.
Si la empleada doméstica tiene más de un empleador, este último debe pagarle su contribución.
Cómo reclamar
¿Puedo reclamar ante la Sunafil?
Sí, puedes reclamar ante cualquier autoridad laboral o ante la SUNAFIL. Puedes hacerlo directamente en la oficina de la Sunat o en la sede de la entidad.
¿Cómo puedo reclamar ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?
Puedes presentar una denuncia ante el Poder Judicial. Para ello, debes acudir a la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Poder Judicial o a la Defensoría del Pueblo.
¿Cómo reclamo ante la Policía Nacional?
Puedes denunciar ante la policía nacional a través de la página web de la PNP. Allí encontrarás información sobre cómo hacer tu denuncia.
¿Cómo reclamar ante mi empleador?
Si tu empleador no te paga tus aportes y contribuciones, puedes presentar una demanda ante el juez de lo laboral. Si no hay acuerdo, puedes acudir a las oficinas de la SUNAT para que te ayuden a resolver el problema.
¿Cómo debo proceder si no recibo mi salario?
Si no recibes tu salario, puedes ir a la oficina del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que verifiquen si tu empleadora ha pagado correctamente tu salario.
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