Aumentan a seis horas diarias las clases presenciales en España

El pasado lunes, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden ECD/484/2020, de 13 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la impartición de las enseñanzas no universitarias de régimen especial en los centros docentes públicos y privados concertados durante el curso 2020-2021. En ella se establece que las clases podrán impartirse en horario lectivo o en horario de tarde, según lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 8/2020, con el fin de garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores y trabajadoras.
En este sentido, el artículo 2 de la Orden establece que «las clases presenciales podrán imparterse en horario escolar o en jornada de tarde». El artículo 3 recoge que «el horario lectiva será de 9.00 a 14.00 horas, salvo que se trate de un centro educativo que imparta enseñanza de régimen general, en cuyo caso el horario lectivos será de 7.00 h. a 14.,30 h.». Por su parte, el apartado 4 del artículo 3 establece que «en los centros educativos que impartan enseñanza de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional de grado superior y enseñanzas artísticas profesionales, el horario de mañana será de 8.00h. a 12.00h».

El Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto Ley que modifica el horario lectivo de los centros docentes públicos y privados concertados, estableciendo una jornada lectiva de 6 horas diarias para todos los alumnos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Oblig

Contenidos

La orden publicada en el BOE el pasado lunes 13 de Mayo establece que el horario docente presencial podrá ser de 9 a 14 horas, siempre que se garantice la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre los alumnos y alumnas, así como el uso obligatorio de mascarillas en todo momento. Además, se establece también que el alumnado de Educación Especial deberá asistir a clase con mascarilla.
Asimismo, el texto señala que el profesorado podrá impartir las clases en horario vespertino, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene establecidas en el Real Decreto 463/2020, si bien se recomienda que sea en horario matinal.
Por último, el documento establece que los centros deberán establecer un protocolo de actuación ante la detección de casos positivos de COVID-19 en el centro, que contemple las medidas necesarias para garantizar la salud de los alumnos, alumnas y personal docente y no docente.
El Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez establece que la jornada lectivas de los colegios e institutos públicos y concertados se reduzca a seis días a la semana, es decir, tres días lectivos más que hasta ahora.

Esta medida se adopta con el objetivo de garantizar la seguridad sanitaria de los alumnos y alumnas, así como de los profesores y profesoras, y del personal no docente, durante

Los centros docentes podrán impartir las enseñanzas de forma presencial, garantizando la distancia mínima de seguridad de 1’5 metros y el uso de mascarillas.
En este sentido, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado una guía de buenas prácticas para la vuelta a las aulas, en la que se establecen las medidas preventivas que deben seguirse en los centros educativos para garantizar el cumplimiento del protocolo sanitario frente al COVID-19.
Además, el Gobierno ha aprobado una nueva prórroga del estado de alarma hasta el próximo 9 de mayo, lo que permitirá mantener las medidas adoptadas hasta ahora, aunque se flexibilizan algunas restricciones.
El Gobierno ha decidido prorrogar el estado de emergencia sanitaria hasta el 9 de junio, según ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia diaria en el Palacio de la Moncloa. La decisión se ha adoptado tras analizar la situación epidemiológica en España y en el resto de Europa, donde se han producido nuevos rebrotes de coronavirus.
El Ejecutivo ha acordado además la prórroga del permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena que hayan perdido su empleo como consecuencia de la crisis del coronavirus, que se extenderá hasta el 31 de mayo.

En este sentido, el Real Decreto establece que los centros educativos podrán establecer horarios flexibles para atender a las necesidades de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres y madres

La orden establece que las familias podrán solicitar a los centros la adaptación de los horarios de entrada y salida de los niños y niñas, siempre que sea posible, para facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar.
Asimismo, el texto señala que los colegios e institutos podrán establecer un horario flexible para atender las necesidades derivadas de la conciliación:
Las familias podrán pedir a los colegios o institutos que establezcan un horario más flexible para poder conciliar la vida profesional y familiar, siempre y cuando sea posible.
Por otro lado, el artículo también habla sobre ‘Se mantiene el cierre de los centros comerciales, gimnasios, piscinas, cines, teatros, auditorios, circos, recintos feriales, salones de juego y casinos, así cómo de los locales de apuestas y de juegos de suerte y azar’:
El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, prorroga el cierre perimetral de las comunidades autónomas y el toque de queda nocturno hasta el día 9 de Mayo.
Asimismo se prorroga la prohibición de fumar en la vía pública y en espacios al aire libre, así mismo se prorrogan las limitaciones de aforo en los establecimientos de hostelería y restauración.

Los centros deberán adaptar sus planes de contingencia a esta nueva situación, garantizando la seguridad de los alumnos, alumnas y del profesorado, y adoptando las medidas necesarias para

Los centros educativos dispondrán de un plan de contingencia específico para la vuelta a las aulas, que deberá incluir las medidas de prevención y protección frente al COVID-19 que sean necesarias para garantizar la seguridad tanto de los estudiantes como del profesor:
Además, el documento especifica que los protocolos de actuación deberán ser revisados periódicamente, teniendo en cuenta las recomendaciones de las autoridades sanitarias y educativas.
Finalmente, el Gobierno ha aprobado una nueva prórroga del estado de alarma hasta el 9 de mayo. El objetivo es frenar la propagación del coronavirus en nuestro país. La medida afecta a todos los territorios españoles, excepto Canarias, Ceuta y Melilla.
El Real decreto-ley 15/2020, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado viernes, amplía el estado de emergencia sanitaria hasta el próximo 9 de junio. Esta medida tiene como objetivo frenar la expansión del coronavirus y proteger la salud de la población.
El texto recoge que el estado excepcional de alarma se prorrogará por un periodo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del Real Decreto 463/2020, con el fin de permitir la adopción de nuevas medidas necesarias ante la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

La modificación del horario lectivo afecta a todas las etapas educativas, desde Infantil hasta Bachillerato, y a todos los niveles (inicial, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato

La modificación del calendario escolar afectará a todas aquellas etapas educativas que imparten enseñanzas no universitarias, incluidas las escuelas infantiles, así como a todos aquellos niveles educativos, desde infantil hasta bachillerato, incluyendo los ciclos formativos de grado superior.
En cuanto a la educación infantil, la modificación del currículo incluirá la incorporación de contenidos relacionados con la alimentación saludable, la higiene personal y la prevención de riesgos laborales.
En el caso de la educación primaria, se incorporarán contenidos relacionados con: la promoción de la salud, la prevención y detección precoz de enfermedades, la promoción del ejercicio físico y la actividad física saludable, el fomento de la lectura y la escritura, la igualdad de género, la convivencia y la resolución pacífica de conflictos, la educación ambiental, la interculturalidad y la cooperación internacional, la participación ciudadana y la ciudadanía activa, la comunicación audiovisual y la cultura digital, la lengua extranjera, la música y la danza, la expresión plástica y corporal, la robótica y la programación, entre otros.

Las modificaciones horarias establecidas en el Real Decreto serán de aplicación a partir del próximo curso escolar, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el mismo

Los centros docentes públicos y privados concertados podrán impartir docencia presencial en un máximo de seis horas semanales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En este sentido, el artículo 4 del Real decreto establece que las modificaciones horaria establecidas en dicho real decreto serán de aplicacion a partir de septiembre de 2020, siempre que:
a) Se cumplan los criterios de presencialidad establecidos en la normativa vigente, en particular, en el RD 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
b) Los centros docentes dispongan de medios técnicos y organizativos adecuados para garantizar la seguridad y salud de los alumnos y alumnas, profesores y profesoras, personal no docente y resto de personas que participen en el proceso educativo.
c) Los servicios de transporte escolar garanticen la prestación del servicio público de transporte de viajeros en autobús, tanto en el ámbito urbano como interurbano, en condiciones de seguridad y accesibilidad adecuadas.

Para facilitar la adaptación de los centros a esta nueva normativa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha elaborado una guía práctica sobre cómo implementar estas modificaciones

La guía está disponible en el siguiente enlace:
A continuación, os dejamos con el vídeo de la presentación de la guía en el Congreso de los Diputados:
El pasado jueves, día 13 de junio, tuvo lugar en el Salón de Actos del Colegio Oficial de Médicos de Madrid (COMM) la presentación del libro ‘Medicina preventiva en tiempos de pandemia’, editado por la Fundación Española del Corazón (FEC), la Sociedad Española de Cardiología (SEC) y la Sociedad Madrileña de Cardiopatías Congénitas (SMCPC).
El acto contó con la presencia de D. Juan José Martínez Olmos, presidente de la SEC; D. Antonio Fernández, presidente del COMM; Dña. María Jesús Pérez, directora general de la FEC; Dª. Carmen García, directora de la SMCPC; Dº. Javier López, director de la Fundación Jiménez Díaz; Dñ. Carlos González, director del Servicio de Cardiocirugía del Hospital Universitario Ramón y Cajal; Dn. Luis Miguel Martín, director médico de la Clínica Universidad de Navarra; Dd. Manuel Sánchez, director gerente del Hospital Clínico San Carlos; Dds.

A través de esta guía, los centros podrán conocer las medidas que deben adoptar para adaptarse a la nueva normativa, así como los recursos disponibles para su implementación

La vuelta a las aulas se ha convertido en un tema de debate en todo el mundo. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha recomendado que los niños vuelvan a las escuelas, pero no ha especificado cuándo ni cómo hacerlo. El Gobierno español ha anunciado que las clases volverán a ser presenciales a partir del próximo lunes, aunque aún no hay fecha concreta.
En España, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha aprobado este miércoles el protocolo de actuación para la vuelta a la actividad educativa presencial en los centros docentes no universitarios de la comunidad autónoma de Madrid. Este documento recoge las medidas preventivas que deben seguirse en los colegios e institutos madrileños para garantizar la seguridad sanitaria de los alumnos y profesores.
El protocolo establece que los centros educativos deberán contar con un plan de contingencia específico para cada centro, que contemple las medidas de prevención necesarias para garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas por las autoridades sanitarias. Además, deberá incluir un plan específico de limpieza y desinfección de los espacios comunes y de los equipos y materiales utilizados en el centro.
Asimismo, el protocolo establece también que los alumnos tendrán que llevar mascarilla en todo momento, excepto cuando estén sentados en el aula o en el patio.

Artículos Relacionados:

Entradas relacionadas

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad