Si estás pensando en solicitar un certificado para acreditar que vives en España, debes saber que existen dos formas de hacerlo:
La primera es a través de la oficina de extranjería. En este caso, deberás acudir personalmente a la oficina y presentarte con tu DNI o pasaporte. Allí te pedirán que presentes el certificado de nacimiento de tus padres, así como una copia del mismo. Si no lo tienes, puedes solicitarlo en el Registro Civil donde se inscribió el nacimiento.
La segunda forma es a traves de la página web de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Para ello, deberemos acceder a la página oficial de la DGRN y seguir los pasos que nos indiquen. Una vez dentro, deberéis rellenar un formulario con los datos personales y los datos de contacto. A continuación, deberíais adjuntar una copia de vuestro DNI o documento de identidad extranjero. Finalmente, deberías enviar el formulario por correo electrónico a la dirección PI:EMAIL.
Una vez recibamos el certificado, deberíamos imprimirlo y llevarlo a la Oficina de Extranjería para que lo firmen. De esta forma, podremos acreditar que vivimos en España.
En cuanto a los requisitos para obtener el certificado son los siguientes:
– Tener nacionalidad española o ser nacional de alguno de los países miembros de la Unión Europea.
– Haber residido legalmente en España durante al menos tres años.
Solicitud
Contenidos
1.- Debes tener en cuenta que el certificado debe ser solicitado por ti mismo. No puedes hacerlo por otra persona.
2.- El certificado debe estar firmado por el funcionario que lo expide. Si eres menor de edad, deberas firmar acompañado de tus representantes legales.
3.- Deberás aportar una copia simple del DNI o documentación equivalente de los padres o tutores legales.
4.- Si eres extranjero, deberias aportar una fotocopia del pasaporte o documento equivalente.
5.- En el caso de que seas menor de 18 años, deberia aportar una autorización firmada por tus padres o tutor legal.
6.- La solicitud debe ir acompañada de una fotocopias de los documentos que acrediten la residencia en España (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, etc.).
7.- Se recomienda que envíes la solicitud por correo postal, ya que si lo haces por correo ordinario, puede tardar hasta 15 días en llegar a la DGT.
8.- Una vez recibas el certificado en tu domicilio, deberàs guardarlo en un lugar seguro y conservar la copia original.
9.- Recuerda que el plazo máximo para obtenerlo es de 30 días desde la fecha de presentación de la solicitud.
Documentación a aportar
– Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI/NIE) o documento oficial equivalente con fotografía.
– Copias simples de los certificados de nacimiento de los hijos menores de edad y de los mayores de edad.
– Fotocopia del Certificado de Matrimonio o Libro de Familia, según proceda, en el caso que se trate de un matrimonio.
– Declaración jurada de no haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, ni por delitos de violencia de género, ni tampoco por delitos relacionados con la prostitución.
– Certificado expedido por el Registro Civil donde conste que el solicitante tiene su domicilio habitual en España.
– El certificado de antecedentes penales deberá ser expedido en el país de origen del solicitante, en cuyo caso deberá adjuntar una copia del pasaporte.
– La documentación relativa a la situación laboral y profesional del solicitante: contrato de trabajo, alta en la Seguridad Social, etc.
– Una declaración jurada en la que se haga constar que el interesado no ha sido condenado penalmente por delitos relativos a la violencia de genero, contra la integridad moral, contra los derechos fundamentales y las libertades públicas, contra el patrimonio, contra las personas o contra la ordenación del territorio.
Certificado de convivencia
En primer lugar, es necesario saber que el certificado de conviviencia es un documento que acredita que una persona está empadronada en un municipio español. Es decir, que reside en España y que tiene derecho a residir en él.
Este certificado es obligatorio para poder acceder a determinados servicios públicos como la sanidad, la educación, la seguridad social, etc. Además, también es necesario para poder solicitar ciertos permisos de residencia y trabajo.
Para obtener el certificado hay que dirigirse a la oficina de empleo más cercana a tu domicilio. Allí te pedirán que presentes la documentación necesaria para acreditar que eres residente en España. Una vez que lo tengas, podrás solicitar el certificado en cualquier oficina de registro.
Si tienes dudas sobre cómo obtener el carnet de conducir en España, puedes leer este artículo: Cómo obtener el permiso de conducir.
El Gobierno de España ha puesto en marcha una nueva medida para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes. Se trata de la llamada Garantía Juvenil, que pretende ayudar a los desempleados de entre 16 y 29 años a encontrar un empleo estable y de calidad.
Esta medida se puso en marcha en el año 2013 y desde entonces se han beneficiado de ella más de 1,5 millones de jóvenes.
Requisitos para solicitar el certificado
1.- Debes estar empadronado en España (o tener residencia legal en España) durante al menos 6 meses consecutivos.
2.- Si no cumples con alguno de los requisitos anteriores, debes demostrar que tienes un contrato de trabajo o una beca de estudios vigente.
3.- El certificado debe ser expedido por la oficina municipal de empleo donde resides. Puedes solicitarlo en cualquier momento.
4.- Para solicitar el Certificado de Convivencia en España debes presentar la siguiente documentación:
Documento de identidad oficial (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, licencia de conducir, etc.).
Fotocopia del contrato de alquiler o de la factura de la luz o gas, si tienes una vivienda alquilada.
Fotocopias de los documentos de identidad de los padres, si eres menor de edad. También puedes aportar fotocopias del DNI de los abuelos.
Fotografía reciente tamaño carnet, sin gafas ni lentillas. La fotografía debe ser reciente y no debe haber pasado más de 3 meses desde su última actualización.
Fotografías recientes tamaño carnet de los miembros de la unidad familiar (si eres menor). Las fotografías deben ser recientes y no deben haber pasado mas de 3 mese desde su ultima actualización.
Cómo tramitarlo
La solicitud se puede realizar a través de la página web de la Oficina Municipal de Empleo de tu municipio. Para ello, debes acceder a la sección de trámites y servicios, y seleccionar la opción de certificados de convivencia.
Una vez dentro, selecciona la opción ‘Certificados de convivencia’. A continuación, rellena el formulario con tus datos personales y los de los demás miembros de tu unidad familiar.
En el caso de que seas menor de 18 años, deberás adjuntar una copia de tu DNI o pasaporte. Si eres mayor de 18 pero menor de 25 años, debes adjuntar también una copia del DNI o Pasaporte de tus padres.
Si eres menor o mayor de 25, deberéis adjuntar además una copia compulsada del DNI/Pasaporte de los dos abuelos.
Una persona que haya residido en España durante almenos 6 meses seguidos podrá solicitar el documento de convivencia.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir un certificado si no he estado viviendo en España? ¿Puedo solicitar un certificado para mi pareja?
Sí, puedes solicitar un Certificado de Convivencia si no has estado viviendo legalmente en España. Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que este certificado no te servirá para acreditar que tienes permiso de residencia en España.
No, no es necesario que presentes ningún documento acreditativo de la relación de pareja. El certificado de conviviencia solo sirve para acreditar la existencia de una relación de convivencia entre los miembros de la unidad familiar. Por lo tanto, no será necesario que presente ningún documento que acredite la relación sentimental.
Sí, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos en la normativa vigente. En este sentido, debes tener en cuenta que:
Debes estar empadronado en España desde hace al menos 6 meses consecutivos (en caso de ser menor de edad, debes estar empadronado en España por al menos 3 meses consecutivos).
Debes haber residido legalmente en territorio español durante al menos 2 años consecutivos (si eres menor de 16 años, estos 2 años deben haberse cumplido antes de cumplir los 18 años).
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