El Convenio Colectivo Petroleros privados Santa Cruz contiene toda la normativa aplicable a los trabajadores de las empresas que actúan su actividad y presta servicios en la Región de Santa Cruz de Tenerife. Esta normativa regula el conjunto de relaciones laborales y contractuales de los trabajadores por cuenta ajena en dichas empresas del sector Petróleo y Gas.
El marco normativo que establece el Convenio de Petroleros Privada Santa Cruz, está sancionado tanto por los actores de la patronal de Santa cruz de Tenerife cómo por los representantes de los Trabajadores de Petrolero privado Santa Cruz.
El reglamento fue negociado por ambas partes y ratificado mediante la firma pública del documento. La autoridad legislativa dio el permiso para la aprobación y puesta en marcha inmediata del convenio de Petrolerosp privada Santa Cruz en la comunidad autónoma.
Todas las cláusulas contenidas en el texto ratificado son obligatorias por cualquier negocio del sector Petrolero y Gas dentro del área territorial de SantaCruz de Tenerife.
Ámbito Funcional: Será de obligado cumplimiento en todas las actividades, procesos y procedimientos de la empresa.
Ámbitode Aplicación: Será de obligada aplicación en todas aquellas empresas del mismo sector o actividad.
Áreas de actuación: Todas las actividades propias de la actividad de la compañía, como pueden ser la producción, distribución, comercialización, suministro, etc.
Objeto
El objeto del presente Convenio es regular las condiciones de trabajo de los/as trabajadores/as de las Empresas del Sector Petrolero Privado de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como establecer las normas de desarrollo de las mismas.
En el caso de que no se haya alcanzado un acuerdo entre las partes, el Tribunal Laboral de Canarias será el competente para resolver las discrepancias que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente convenio colectivo.
La duración del presente contrato será de cuatro años, prorrogables por períodos anuales, salvo que las partes acuerden lo contrario.
Las partes se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del presente Acuerdo, con el fin de regular las materias indicadas en el apartado anterior.
El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
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Aplicación
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Vigencia
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Modificaciones
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El próximo jueves, 28 de febrero, se celebra el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia.
Suspensión y Extinción
El pasado martes, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó sentencia en el recurso de casación interpuesto por la empresa Repsol contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, que declaró nulo el despido de una trabajadora de la compañía. La sentencia del TSJC estima el recurso presentado por la trabajadora y condena a la empresa a readmitirla en su puesto de trabajo y abonarle las cantidades correspondientes a salarios y prestaciones sociales.
La sentencia del TSJ de Canarias declara nula la extinción del contrato de trabajo de la trabajadora, ya que la empresa no acreditó que existiera causa alguna para ello. Además, la sentencia considera que la extinción debe ser declarada improcedente, ya sea por causas objetivas o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
En este sentido, la Sala de lo social del Tribunal Supremo ha declarado que la jurisprudencia del Tribunal Superior es firme y que no cabe recurso alguno contra la misma. Por tanto, la empresa deberá readmitirse a la trabajadora en su anterior puesto de trabajos y abonar las cantidades que correspondan a salarios e indemnizaciones.
Disposición Final
Las partes firmantes del presente Convenio, con fecha 30 de junio de 2018, han suscrito el presente Convenio Colectivo, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones de trabajo del personal laboral de la empresa Petróleos de Canarias S.A. (Petróleos Canarios), SA, en el ámbito territorial de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
El convenio colectivo se aplicará a todas las personas trabajadoras que presten servicios en las empresas del grupo empresarial Petróleo Canarias, SA, así como a las personas empleadas por otras empresas del mismo grupo empresarial que prestan servicios en dichas empresas.
El ámbito territorial del presente convenio colectivo será el de la isla de Tenerife, comprendiendo las provincias de Santa cruz de Tenerife y Las Palmas.
El contenido del presente documento se encuentra sometido a la legislación vigente en materia de convenios colectivos de trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 90.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Publicación en el Diario Oficial de la Federación
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 90.2 del ET, se publica el texto íntegro del Convenio Colectiva de Trabajo para el Personal Laboral de Petróleos de Canarias, S. A., para su conocimiento y efectos.
La firma del presente acuerdo se ha realizado en la sede de la Dirección General de Trabajo, sita en la calle Alcalá, nº 6, 28004 Madrid, el día 30 de Junio de 2018.
El pasado mes de mayo, el Gobierno de Canarias aprobó el nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Lanzarote. El PORN es un instrumento de planificación estratégica que establece las directrices generales de ordenación y gestión de los recursos naturales de la Isla, y que debe ser aprobado por el Consejo Insular de Medio Ambiente.
El PORN de Lanzarote está estructurado en tres grandes bloques: el primero, relativo a la protección y conservación de los ecosistemas; el segundo, referido a la ordenación de la actividad económica y turística; y el tercero, dedicado a la gestión de residuos y aguas.
El objetivo del PORN no es otro que el de garantizar la sostenibilidad de los sistemas naturales y la calidad de vida de los ciudadanos.
Vigencia del Convenio
El convenio colectivo de trabajo para el personal laboral de la empresa Repsol YPF SA, con domicilio social en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, tiene una vigencia indefinida.
El presente convenio colectivo regula las relaciones laborales entre la empresa y sus trabajadores/as, en el ámbito de la provincia de Santa cruz de Tenerife.
El objeto del presente convenio es regular las condiciones de trabajo del personal laboral que presta servicios en la empresa, así como las condiciones económicas y sociales de dicho personal.
El ámbito de aplicación del presente Convenio será el territorio de la Provincia de SantaCruz de Tenerife y sus islas adyacentes.
El contenido del presente Convenio: 1.- Régimen jurídico general. 2.- Derechos y deberes fundamentales. 3.- Salario base. 4.- Retribuciones complementarias. 5.- Jornada y horario de trabajo. 6.- Vacaciones. 7.- Seguridad Social. 8.- Formación profesional. 9.- Prevención de riesgos laborales. 10.- Igualdad de oportunidades. 11.- Arbitraje y conciliación. 12.- Modificación del presente Acuerdo. 13.- Vigencia. 14.- Entrada en vigor. 15.- Publicación. 16.- Registro. 17.- Notificaciones. 18.
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