Las mejores obras sociales para monotributistas sociales

La ley 27.260, conocida como la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, fue sancionada el 30 de diciembre de 2020 y publicada en el Boletín Oficial el 31 de diciembre del mismo año. La misma establece un conjunto de medidas económicas, sociales y tributarias destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de la pandemia de COVID-19.
En este sentido, la ley estableció que las personas humanas y las sucesiones indivisas que se encuentren inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán acceder a una reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales correspondientes al mes de marzo de 2021, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Asimismo, se estableció que los empleadores que se encuentran inscriptos en el régimen simplificado para el pago de contribuciones patronais, podrán acceder al beneficio de la reducción de contribuciones por el equivalente al 100% de las cuotas devengadas durante el mes de febrero de 2021.

Monotributo Social

El monotributo social es un régimen especial de facturación que permite a los trabajadores autónomos tributar por sus ingresos brutos sin tener que pagar el Impuesto a las Ganancias. Este régimen está destinado a aquellos trabajadores que no tienen ingresos suficientes para afrontar el pago del Impuesto a la Renta o el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El monotrbuto social tiene como objetivo ayudar a los autónomos a cumplir con sus obligaciones fiscales, ya que les permite reducir su carga impositiva. Además, también les permite ahorrar tiempo y dinero, ya sea porque pueden realizar sus declaraciones de manera online o porque pueden solicitar el pago anticipado de sus impuestos.
El monotrabto social es uno de los regímenes especiales de facturación más utilizados por los autónomos. Esto se debe a que ofrece muchas ventajas, entre las que se incluyen:
Permite a los contribuyentes deducir gastos relacionados con la actividad económica, como los honorarios profesionales, los gastos de publicidad, los alquileres de locales, etc.
Permite deducir los gastos relacionados directamente con la prestación de servicios, como el alquiler de vehículos, los seguros, los suministros, etc.

Seguro de vida y accidentes personales

La obra social de los monotribustistas sociales es la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP). Esta obra social cuenta con una amplia red de hospitales, clínicas y sanatorios en todo el país. Además de esto, también ofrece atención médica en el exterior, así como cobertura de medicamentos y tratamientos médicos.
En cuanto a los planes de salud, la OSEP ofrece diferentes opciones para que los monotributistas sociales puedan elegir la que mejor se adapte a sus necesidades. Entre ellas se encuentran:
Plan Básico: este plan ofrece cobertura médica para los afiliados que no tengan enfermedades preexistentes. Además incluye cobertura de maternidad, parto y posparto, internación domiciliaria, cirugía ambulatoria, hospitalización, consultas médicas, estudios de laboratorio, rayos X, ecografías, mamografías y estudios de imagenología.
Plan Premium: este paquete de salud ofrece cobertura completa para los beneficiarios que tengan enfermedades crónicas, como diabetes, hipertensión arterial, insuficiencia renal, cáncer, entre otras.

Asignación por hijo (matrimonio)

La Asignación Familiar por Hijo (AFH) es un beneficio económico que otorga el Estado a los padres que tienen hijos menores de 18 años. Este beneficio consiste en un monto mensual que se cobra durante todo el año, independientemente de la cantidad de hijos que tenga cada familia.
Este beneficio se paga a través de la tarjeta Alimentar, que es emitida por la Anses. La tarjeta Alimenta tiene un costo de $300 y se puede solicitar a través del sitio web de la Ans:
Para poder acceder a la Asignacion Familiar por Hijos, los padres deben cumplir con ciertos requisitos. Estos son:
Los padres deben tener ingresos brutos anuales iguales o inferiores a $150.000. Si los ingresos superan este monto, pueden solicitar la Asistencia Universal por Hija (AUH).
Los padres deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de las Personas (Renaper) y contar con domicilio fiscal en la provincia de Buenos Aires.
Si los padres no cumplen con alguno de estos requisitos, no podrán acceder a esta prestación económica.
La AsIGNACIÓN POR HIJO (MATRIMONIO) es otro beneficio económico otorgado por el Estado argentino a los cónyuges que tienen un hijo menor de 18 meses.

Asignaciones Familiares

Es importante saber que existen diferentes tipos de Monotributo Social. El más común es el MonotribUTO SOCIAL GENERAL, que se encuentra vigente desde el 1 de enero de 2016. Este tipo de Monotributista Social debe pagar una cuota mensual de $200,00. Además, debe abonar una cuota anual de $12.000,00.
En cuanto al MonotribUTISMO SOCIAL ESPECIAL, este se encuentra disponible desde el año 2015. Este Monotributista Social deberá pagar una tasa mensual de $100,00 y una cuota trimestral de $500,00, además de una cuota final de $25.000.
Por último, el MonoTributista SociaL Especializado deberá pagar mensualmente una cuota de $250,00 e ingresar una cuota especial de $75.000 anualmente.
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Prestación por desempleo

La prestación por desempleo es un subsidio económico que otorga el Estado a las personas que han perdido su trabajo. Es un beneficio que se otorga a aquellas personas que no tienen ingresos suficientes para mantenerse durante un tiempo determinado. La prestación por desempleó es otorgada por el Ministerio de Trabajo y Empleo (MTEySS) y tiene como objetivo ayudar a las familias a cubrir sus necesidades básicas.
Para poder acceder a la prestación por paro, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Estos son:
– Tener entre 18 y 65 años de edad, o haber cumplido 16 años y estar cursando el último año de la educación secundaria obligatoria.
– No haber sido beneficiario de la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni de la asignación familiar por embarazo o parto.
– Estar inscrito en el Registro Único de Aspirantes a la Asistencia Social (RUAS) y tener un domicilio registrado en la ciudad de Buenos Aires.
– Haber perdido su empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, según lo establecido en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
– Ser trabajador autónomo o trabajador independiente, según corresponda, y encontrarse inscripto en el régimen correspondiente.

Pensión no contributiva

La Pensión no Contributiva es un beneficio otorgado por el Estado Nacional a las madres solteras, viudas, divorciadas o separadas judicialmente, que tengan hijos menores de 18 años, o mayores de esa edad pero menores de 21 años, que no hayan alcanzado la edad de jubilación. El monto de la pensión no contributive es de $12.000 mensuales.
En caso de que el hijo sea mayor de 21 y menor de 26 años, el monto de esta prestación será de $14.000. Si el hijo es mayor de 26 y menor 31 años, la prestación será equivalente a $16.000.
Si el hijo cumple 31 años o más, el importe de la prestación no contribuyente será de $20.000, siempre y cuando el hijo no haya alcanzado la mayoría de edad.
La Pension no Contribuiva es un derecho que se puede solicitar desde el momento en que el niño cumple 6 meses de nacido hasta los 21 años de vida. Para ello, debe presentarse una declaración jurada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde se detallen los datos personales del niño, así como también los datos de los padres.

Prestación especial por embarazo, parto y lactancia

La prestación especial por maternidad, paternidad y adopción, tiene por objeto garantizar el derecho de la mujer trabajadora a percibir una remuneración durante el período de licencia por maternidad y paternidad, con el fin de asegurar su reincorporación al trabajo luego del parto o la adopción.
La prestación se otorga a partir del séptimo mes de embarazo, hasta el sexto mes de posparto o adopción, y se extiende hasta el día en que la mujer cumpla 60 años de edad. La prestación se paga por cada mes completo de licencia, sin importar el número de días trabajados.
La madre podrá solicitar la prestación si cumple con los siguientes requisitos: ser mujer trabajadora, tener domicilio legal en la provincia de Buenos Aires, estar inscripta en el régimen de Monotributo Social, haber sido beneficiaria de la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y haber tenido un hijo vivo o adoptado.
La asignación por nacimiento de hijo se otorga por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de dos hijos. La asignación por parto múltiple se otorga sólo si el nacimiento se produce en el primer año de vida del niño.

Programa de Inclusión Socio Productiva

En este artículo vamos a hablar sobre ‘Cómo hacer un reclamo por falta de cobertura médica’. A continuación, te dejamos el enlace a ‘Cómo saber si tengo cobertura médica’:
El artículo de hoy habla sobre ‘Qué es la Obra Social de la Provincia de Buenos Aire’. Para leerlo, puedes hacer click aquí.
El post de hoy va sobre ‘Cuáles son las mejores obras sociales’. Para ver el artículo, haz click aquí. ¡Esperamos que te guste!
El post del día de hoy está dedicado a ‘Cuál es la mejor obra social’. Si quieres leerlo haz click en el siguiente enlace:
El post ‘Cuándo puedo acceder a la obra social provincial’ está dedicado al tema ‘Cuánto cuesta la obra social». Para verlo haz click acá.
El texto de hoy es sobre ‘¿Qué es la obra Social de mi Provincia?’.

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