Tarjeta Alimentaria: Cobro en Agosto

La tarjeta Alimentar es un programa que se creó en el año 2011 con el objetivo de ayudar a las familias más necesitadas. El programa tiene como objetivo principal la compra de alimentos para los niños y niñas de entre 6 y 18 años, así como para los adultos mayores de 60 años.
En este artículo vamos a tratar de explicar cómo cobrar la tarjeta Alimentaria en agosto, ya que muchos usuarios han preguntado por este tema.
Para poder cobrar la Tarjeta Alimentar en agosto hay que cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos son:
Que el niño o niña esté empadronado en la provincia donde resida la familia (es decir, que viva en la misma localidad).
Que el padre/madre o tutor legal del niño o hija tenga una renta familiar inferior al 75% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples).
Que la familia no supere los umbrales de pobreza establecidos por el Gobierno (se calcula teniendo en cuenta la renta per cápita, la edad y el número de miembros de la familia).
Que los ingresos de la unidad familiar no superen el límite de 3 veces el IPREM mensual (indicativo público de rentas de efectos multiplicados).
Que no haya sido beneficiario de ninguna ayuda económica durante el año anterior a la solicitud de la tarjeta.
Que el menor no haya recibido ningún tipo de beca o ayuda económica pública o privada durante el último año.
Si cumples todos estos requisitos, podrás solicitar la tarjeta alimentaria en cualquier momento del año.

¿En qué consiste el cobro de la Tarjeta Alimentar?

El pago de la prestación se realiza mediante transferencia bancaria. La fecha de pago dependerá de la fecha de presentación de la solicitud.
Los pagos se realizan en dos plazos, uno en septiembre y otro en octubre. En ambos casos, el importe se abona en la cuenta bancaria indicada por el solicitante. Si el solicitantes no ha indicado una cuenta bancaria, se le abonará en la entidad bancaria que corresponda según su domicilio fiscal.
El plazo de presentación finaliza el día 30 de septiembre. A partir de esa fecha, si no se ha presentado la solicitud, se perderá el derecho a percibir la prestación.
Si has solicitado la tarjeta alimenticia en agosto y no has recibido el pago, puedes reclamarlo en la oficina de empleo correspondiente. También puedes hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
Si tienes alguna duda sobre cómo cobrar tu tarjeta alimentaria, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del formulario de contacto o llamando al teléfono PI:KEY.
A continuación, te dejamos un vídeo explicativo sobre cómo funciona la tarjeta de alimentación. Esperamos que te sea de utilidad.

¿A quién beneficia?

La tarjeta de alimentos es una prestación económica que se otorga a las familias con hijos menores de 18 años que carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Esta ayuda está destinada a cubrir las necesidades alimentarias de los menores durante el mes de agosto.
En este artículo vamos a hablar sobre la tarjeta alimentaria. Para ello, vamos a explicar qué es, cuándo se puede solicitar y cómo se cobra.
La tarjeta alimentaria es una ayuda económica que tiene como objetivo ayudar a las personas que no pueden hacer frente a las necesidades básicas de alimentación de sus hijos menores. Se trata de una prestación que se concede a las madres y padres que tienen hijos menores sin recursos económicos.
La prestación se otorga cuando el menor cumple los tres meses de edad y hasta que cumpla los 18 años. El importe de la ayuda depende de la situación familiar y de la renta de la unidad familiar.
Para poder solicitar la tarjeta, es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos son los siguientes:
No haber percibido ninguna prestación por desempleo ni subsidio por desempleo en los últimos 12 meses.
No haber sido beneficiario de ninguna ayuda social en los seis meses anteriores a la solicitud de la tarjeta.

¿Cuándo se cobra?

Se cobra en el mes siguiente a la fecha de nacimiento del niño o niña. Es decir, si el niño o hija nació en julio, se cobrará en agosto.
Si el niño nace en agosto, se cobraría en septiembre. Si el niño nació en septiembre, se cobró en octubre. Y así sucesivamente.
Si tienes alguna duda sobre la Tarjeta Alimentaria, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto.
Los niños y niñas de entre 3 y 6 años podrán disfrutar de un menú saludable y equilibrado elaborado por el equipo de cocina del Centro de Día de Mayores de La Aldea de San Nicolás. Este servicio se ofrece todos los días de la semana, excepto los lunes, y está dirigido a personas mayores de 60 años que viven solas en el municipio.
El menú incluye fruta, verdura, legumbres, cereales, pasta, arroz, pescado, carne, lácteos, pan, bollería, dulces y zumos. Además, se ofrecen menús especiales para personas con intolerancias alimentarias o alérgicas.
El horario de atención es de 9:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 19:30 horas. Los interesados en participar en este servicio pueden llamar al teléfono PI:KEY.

¿Qué pasa si no recibo el pago?

Si no recibes el pago de la tarjeta alimentaria, debes comunicarlo a la Administración Pública correspondiente. Puedes hacerlo a través del teléfono 010, llamando al Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) de tu ayuntamiento o a través de:
Si has recibido el pago pero no lo has cobrado, puedes reclamarlo a través también del teléfono 012, llamándolo al Servicio Central de Reclamaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias o a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Si quieres saber más sobre la tarjeta Alimentaria puedes leer el artículo completo en el blog de la Consejería de Derechos Sociales del Gobierno de Canarias.
La tarjeta Alimentaría es un programa de ayuda económica destinado a las familias con menores a cargo que tienen dificultades para hacer frente a las necesidades básicas de alimentación. Se trata de una prestación económica mensual que se abona a las madres y padres que tengan a su cargo menores de tres años o menores de seis años que estén escolarizados en centros públicos o privados concertados de Canarias.

¿Cómo hago para cobrar mi tarjeta?

Si tienes dudas sobre cómo cobrar la tarjeta alimentaría, puedes consultar el artículo de nuestro blog sobre ‘Cómo cobrar la Tarjeta Alimentaria’.
Si quieres conocer más sobre este programa de ayudas económicas, puedes leer nuestro artículo completo sobre ‘TARJETA ALIMENTARIA’.
En el siguiente artículo de nuestra web te contamos todo lo que necesitas saber sobre la Tarifa Social de la luz. Si quieres conocer todos los detalles sobre esta tarifa social de la electricidad, sigue leyendo.
La Tarifa Eléctrica Social es un plan de ayudas a las personas que no pueden pagar la factura de la energía eléctrica. Este plan está dirigido a las comunidades de vecinos, empresas y particulares que no puedan afrontar el pago total de la factura eléctrica.
Para poder acogerse a esta tarifa, hay que cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos son los siguientes:
No tener ingresos superiores a 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

¿Cómo puedo saber si tengo derecho a cobrar?

Si eres beneficiario de la Tarta Alimentaria, podrás cobrar tu tarjeta en cualquier momento del año. Sin embargo, en agosto se cobra con mayor frecuencia. Por ello, es importante que sepas cómo cobrar tu Tarjeta Alimentación en agosto.
Si tienes alguna duda sobre cómo hacer para cobrar tu TARJETA ALIMENTARIA:
Si quieres saber más sobre cómo funciona la Tarja Alimentaria o cómo cobrarla, puedes ver nuestro artículo de blog sobre ‘Cobrar la Tarjetas Alimentarias’.
¿Puedo cobrar la ayuda de la tarjeta alimentaria en septiembre?: La respuesta es sí. Puedes cobrar tu ayuda de forma anticipada en septiembre. Para ello, debes cumplir los siguientes requisitos:
No haber cobrado la ayuda en los últimos tres meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la ayuda antes de que finalice el mes de septiembre.

¿Cómo puedo hacer un reclamo?

Si no has cobrado tu tarjeta alimentaria y crees que te han cobrado indebidamente, puedes reclamar ante la Administración Pública. Para hacerlo, debes seguir los siguientes pasos:
En primer lugar, debes dirigirte a la oficina de empleo donde realizaste la solicitud de esta ayuda. Allí te informarán de cómo presentar tu reclamación.
Una vez hayas presentado tu reclamación:
Debes esperar a que la Administración resuelva tu reclamacion. Si la resolución es favorable, recibirás una notificación en tu domicilio.
Si la resolución no es favorable (por ejemplo, porque no cumpliste con los requisitos), deberás volver a presentar tu solicitud.
Si no recibes ninguna respuesta, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Para ello debes seguir estos pasos:
(1) Acceder a la página web de la AEPD.
(2) Seleccionar el apartado ‘Reclamaciones’.
(3) Seleccionas el tipo de reclamación que deseas realizar.
(4) Introduces tus datos personales y el motivo de la reclamación.
(5) Selecionas el formulario de reclamación que desees presentar.
(6) Introduce tu DNI y pulsa el botón ‘Continuar’.

¿Dónde puedo encontrar más información?

Si tienes alguna duda sobre la tarjeta alimentaria, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario o llamando al teléfono gratuito 900 10 50 90. ¡Estaremos encantados de atenderte!
La tarjeta alimentaria es una ayuda económica que se otorga a las familias con hijos menores de 18 años que no pueden cubrir sus necesidades básicas. Esta ayuda se concede por un periodo de 6 meses y se puede solicitar hasta dos veces al año. La tarjeta se puede utilizar para adquirir alimentos, productos de higiene y limpieza, ropa, calzado, libros, material escolar, etc. Además, también se puede usar para pagar servicios como el transporte público, la electricidad, el gas, el agua, etc.
Para poder solicitar la tarjeta, debes cumplir con unos requisitos mínimos. Estos son:
Ser familia numerosa o monoparental.
No tener ingresos superiores a 1,5 veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples).
No haber recibido ninguna ayuda pública durante los últimos tres años.
Haber residido en España durante los seis meses anteriores a la solicitud.
Haberse inscrito en el Registro de Demandantes de Empleo (antiguo INEM) durante los tres meses anteriores.

¿Qué pasa con los niños y niñas menores de 6 años?

Los niños y las niñas menores tienen derecho a recibir la tarjeta alimenticia si cumplen los siguientes requisitos:
Tener menos de 6 añitos.
No estar empadronado en el municipio donde resida la familia.
No haber sido beneficiario de la tarjeta en los dos años anteriores a su solicitud.
No ser beneficiario/a de la prestación por desempleo.
No percibir ingresos superiores al 75% del IPREM.
No disponer de ningún otro tipo de ayuda económica.
En caso de que alguno de los requisitos anteriores no se cumplan, no se podrá conceder la tarjeta.
Si quieres saber más sobre la Tarjeta Alimentaria, puedes leer este artículo de nuestro blog:
¿Puedo pedir la tarjeta cuando me jubilo?
Sí, puedes pedir la pensión de jubilación antes de cumplir los 65 años. Para ello, debes reunir los siguientes criterios:
Haber cotizado al menos 15 años en el régimen general de la Seguridad Social.
No haberte acogido a la jubilación anticipada.
No superar los 65 puntos de pensión contributiva.
No cobrar la pensión mínima de jubilación.
No vivir en un municipio sin servicios sociales.
No padecer enfermedad grave ni discapacidad.
No contar con rentas superiores al 75 % del IPREM.

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