¿Qué sucede si el titular del préstamo ANSES fallece?

¿Qué sucede si el titular del préstamo ANSES fallece?

En este caso, el titular debe solicitar la baja del crédito. Para ello, deberá dirigirse a la sucursal bancaria donde se encuentra el crédito y presentar la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Si el titular no puede acercarse a la entidad bancaria, podrá hacerlo por medio de un apoderado. En este caso es necesario que el apoderado presente los siguientes documentos:
Documento de identidad del titular (DNI o pasaporte) y del apoderado (si es distinto al titular).
Documento que acredite la relación de parentesco entre el titular y el apoderado: certificado de nacimiento, partida de matrimonio o certificado de defunción.
La baja del Crédito ANSES: ¿Cómo se realiza?
Para realizar la baja de un crédito ANSEs, el interesado deberá dirigir-se a la oficina de atención al cliente de la entidad financiera donde se encuentre el crédito. Allí deberá presentar la siguiente documentación:
Copia del DNI del titular.
Copia de la última factura de servicios públicos.
Copias de las últimas tres boletas de pago de servicios básicos.
Copía de la tarjeta de crédito con la que se realizó el pago.
Copio de la constancia de fallecimiento del titular del crédito.
Copie de la partida de defuncion del titular en el Registro Civil.
Copiar el certificado de supervivencia del titular emitido por el Registro Nacional de las Personas.
Copies de los últimos tres recibos de sueldo.
Copías de los comprobantes de pago del alquiler.

El titular del préstamo puede solicitar la baja de su cuenta bancaria, pero no podrá retirar el dinero que tiene en ella.

¿Puedo solicitar la cancelación de mi cuenta bancaria?
Sí, el Banco Nación ofrece la posibilidad de cancelar una cuenta bancaria sin tener que pagar ningún tipo de multa ni intereses. Para poder realizar esta operación, el usuario debe dirigirse personalmente a la Sucursal del Banco Nación más cercana a su domicilio. Allí le entregarán un formulario que deberá completar con sus datos personales y los de la cuenta bancaria que desea cancelar.
Una vez completado el formulario, el banco le enviará un correo electrónico con la confirmación de la cancelación. Si el usuario no recibe dicho correo electrónico, puede comunicarse con el Banco a través de su página web o llamando al número gratuito 0800-333-0300.
¿Cómo puedo cancelar mi cuenta?
Para cancelar una Cuenta Bancaria, el cliente debe dirigise a la sede del Banco más cercana y presentar los siguientes documentos originales:
Original y fotocopia de DNI.
Original y copia de la cédula de identidad.
Original e fotocopia del recibo de sueldo o documento equivalente.
Original de la libreta de ahorro o de la planilla de sueldos.
Original del contrato de trabajo o documento similar.
Original y/o fotocopia certificada de la escritura de compra venta de la vivienda.

Si el titular del crédito fallece, los beneficiarios podrán seguir utilizando el dinero hasta que se haga efectivo el pago de la deuda.

En caso de fallecimiento del titular del Crédito, los herederos podrán continuar utilizando el monto del crédito hasta que éste se haga efectiva la deuda.
Si el beneficiario fallece antes de que se realice el pago del crédito, el saldo remanente será transferido a los beneficiarios designados por el titular.
Si los beneficiarios no pueden ser identificados, el crédito será transferible a un tercero designado por el Titular.
Si alguno de los beneficiarios es menor de edad, el monto restante será transferida a sus padres o tutores legales.
Si ninguno de los Beneficiarios puede ser identificado, el importe restante será entregado a la AFIP para que lo transfiera a la cuenta de la AFJP.
Si uno de los titulares fallece y el otro continúa con el crédito, este último continuará con el mismo hasta que el primero haya pagado la totalidad de la cuota.
Si ambos titulares fallecen, el capital restante será cancelado por el Estado Nacional.
Si hay más de un titular, el valor total del crédito será cancelado en partes iguales entre los beneficiarios.
Si todos los beneficiarios fallecen antes de haber pagado la deuda, el Capital restante será cancelada por el Gobierno Nacional.

En caso de fallecimiento del titular del crédito, los beneficiarios deberán presentar una declaración jurada ante la AFIP para poder acceder al dinero.

La AFIP establece que los beneficiarios deben presentar una Declaración Jurada ante las autoridades tributarias para poder cobrar el dinero. La misma debe ser presentada dentro de los 30 días de ocurrido el fallecimiento del solicitante.
Los beneficiarios deben tener en cuenta que si el fallecido no presenta la Declaración Jurado, el dinero no podrá ser cobrado.
Si bien el trámite es sencillo, es importante recordar que el plazo para presentar la Declaración Justa es de 30 días corridos desde el fallecimiento. Si el fallecimiento ocurrió antes de ese plazo, el beneficio no podrá cobrarse.
Si usted es beneficiario de un crédito ANSÉS y su titular fallece sin haber presentado la Declaración jurada, el organismo le devolverá el dinero en forma proporcional a los meses que faltaban para que se hiciera efectivo el cobro.
Si desea conocer más sobre el tema, puede leer el artículo ‘¿Qué pasa si el prestatario fallece pero no presenta su declaración jurada’.
El pasado mes de junio, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió una nueva normativa que modifica la Ley de Mercado de Capitales (LME) y la Ley 27.260, conocida como ley de blanqueo de capitales.

Una vez presentada la declaración jurada, el organismo recaudador realizará un análisis y determinará si el beneficiario cumple con los requisitos para acceder al dinero o no.

1.- El titular del Crédito ANSES: Debe ser argentino o extranjero residente en el país, mayor de edad, con domicilio legal en el territorio nacional y contar con DNI vigente.
2.- Los beneficiarios: Deben ser argentinos o extranjeros residentes en el País, mayores de edad y con domicilio fiscal en el mismo. Además, deben cumplir con los mismos requisitos que el titular.
3.- Las personas jurídicas: Deben estar constituidas conforme a la ley argentina y cumplir con todos los requisitos establecidos en la LME.
4.- Se deberá presentar la documentación que acredite la identidad del titular y de los beneficiarios.
5.- Una vez presentada esta documentación, el BCRA realizará un estudio y determinarán si el solicitante cumple con todos estos requisitos o no.
6.- Si el solicitantes cumple con todas las condiciones, el banco le otorgará el dinero solicitado. Si no, se le comunicará al solicitante para que presente la documentación faltante.
7.- Luego de analizar la documentación, se emitirá una resolución que autorice o no el pago del dinero solicitado.
8.- Finalmente, el solicitante: Deberá realizar el depósito del dinero en la cuenta bancaria indicada por el banco.

Los beneficiarios podrán acceder al dinero siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la AFIP.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es el organismo encargado de administrar la política monetaria del país. Es decir, es el encargado de regular la cantidad de dinero que circula en el mercado y de fijar el tipo de cambio oficial.
En este sentido, el Banco Central tiene la facultad de emitir billetes y monedas, así como también de controlar la cantidad total de dinero en circulación. Asimismo, puede intervenir en el sistema financiero para evitar que se produzcan desequilibrios económicos.
El Banco Nación es el banco estatal que administra el sistema bancario argentino. El Banco Nación está conformado por dos entidades: el Banco Nación Argentina y el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
El objetivo del Banco Nación consiste en prestar servicios financieros a la población, tales como préstamos, depósitos, tarjetas de crédito, entre otros. Asimismo ofrece productos financieros a empresas y organismos públicos.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) es una entidad pública creada por la Ley Nº 26.093. Su objetivo es promover el desarrollo de las organizaciones de la economía social y solidaria, fomentando su asociatividad y promoviendo la inclusión financiera de sus asociados.

Para realizar la solicitud de baja de la cuenta bancaria, los beneficiarios deben dirigirse a la sucursal más cercana a su domicilio.

Si el titular o beneficiario del préstamo falleció, debe solicitar la baja de su cuenta bancaria. Para ello, debe dirigirse personalmente a la oficina más cercana de la sucursal:
Si no puede acercarse a la sede del banco, puede enviar un correo electrónico a la siguiente dirección:
La solicitud de alta de la nueva cuenta bancaria debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a la muerte del titular del contrato. Si el fallecimiento ocurrió antes de esa fecha, el trámite debe realizarse en el plazo de 60 días.
Si el fallecimiento ocurre después de los 60 días, el solicitante debe presentar la documentación necesaria para demostrar que el titular aún vive. La documentación debe ser presentada ante la sucursales del Banco de España más cercana.
Si usted es titular de un préstamo ANSeS y desea saber qué sucede si fallece, puede leer el artículo completo haciendo clic aquí.
El pasado mes de junio, el Gobierno anunció que iba a poner en marcha un nuevo plan de ayudas para autónomos y pymes. Se trata de un plan de choque que pretende ayudar a los sectores más afectados por la crisis del coronavirus.

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