Modelo de prorroga de contrato de alquiler para Argentina

Modelo de prorroga de contrato de alquiler para Argentina

El modelo de contrato que se presenta a continuación es un contrato de arrendamiento de vivienda, en el que se establece la duración del contrato y las condiciones de su prórroga. El contrato se celebra entre:
La duración del presente contrato será de tres años, contados a partir de la fecha de firma del presente documento. La duración del mismo podrá ser prorrogada por acuerdo de las partes, previa notificación a la otra parte con una antelación mínima de quince días naturales. En caso de no producirse dicha notificación, el contrato se entenderá prorrogado por un año más, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 12.2 del presente texto legal.
El presente contrato se regirá por las siguientes cláusulas, que serán de aplicación a todas las partes contratantes.
1.1. El presente contrato tiene por objeto regular la relación contractual de arrendamientos de vivienda que se establezca entre:
(i) EL ARRENDADOR, persona física o jurídica, mayor de edad, con domicilio en España, con NIF/CIF PI:KEY, con capacidad legal para contratar, y que actúa en nombre propio y como representante legal de la empresa denominada “ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN S.L.”, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.982, Folio 1, Hoja M-659.093, Inscripción 1ª, con C.I.F.

Introducción

El contrato de arriendo es un acuerdo mediante el cual una persona (arrendador) cede temporalmente a otra (arrendatario) un bien inmueble (la vivienda) para que pueda vivir en él. El arrendador debe entregar al arrendatario la vivienda en las mismas condiciones en que la recibió, es decir, en buen estado y con todos los elementos necesarios para su uso. El inquilino deberá pagar al arrendador una renta mensual, que puede ser fija o variable, según las condiciones pactadas en el contrato.
El arrendador puede decidir si quiere o no renovar el contrato de forma anticipada. Si decide hacerlo, el arrendatario tendrá derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios, así como a una indemnización sustitutiva de la renta. Además, el inquilino tendrá derecho al reembolso de los gastos incurridos por el arrendador para reparar los desperfectos causados por el inquilino: reparaciones, limpieza, etc.
En este artículo vamos a ver cómo se puede hacer una prórroga de contrato en Argentina. Para ello, vamos a analizar el modelo de prórroga de contratos de alquiler que se utiliza en Argentina.
El contrato inicial de alquiler de vivienda se extingue automáticamente cuando el inquilinos cumple los 18 años.

Objetivos

La prórroga del contrato de arrendamiento tiene como objetivo garantizar la continuidad del contrato, ya que permite al arrendatario continuar viviendo en la vivienda alquilada durante un período de tiempo más largo. La prórroga del plazo del contrato también permite al propietario obtener un rendimiento económico adicional, ya sea por la renovación del contrato o por la venta de la vivienda.
El modelo de contrato utilizado en Argentina es el modelo europeo. Este modelo se basa en el modelo francés, que fue adoptado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994. El modelo francés se basa principalmente en el principio de la autonomía de la voluntad entre las partes, lo que significa que el arrendante y el arrendado pueden acordar libremente la duración del contrato. Sin embargo, el modelo argentino difiere del modelo francés en varios aspectos, como la obligación de notificar al arrendado la intención de renovar el arrendamiento antes de que expire el contrato, la obligación del arrendador de informar al arrendataria de la fecha de expiración del contrato y la obligación legal de notificar a los inquilinos la fecha en que expira el contrato.

Marco teórico

El artículo 1 de la Ley 24.240 establece que el contrato de locación de inmuebles es un contrato de adhesión celebrado entre dos o más personas físicas o jurídicas, con o sin fines de lucro, que se obligan a ceder temporalmente su uso y goce a cambio de una contraprestación económica.
El contrato de renta de vivienda es un acuerdo entre dos partes, el arrendador y el inquilino, que acuerdan compartir un espacio físico determinado, generalmente un apartamento, para vivir juntos. El arrendador cede temporalmente el uso y el goce del inmueble a cambio del pago de una renta mensual.
El arrendador puede ser una persona física o jurídica, pero debe ser una empresa legalmente constituida. El inquilino puede ser cualquier persona física, pero no puede ser menor de edad ni estar incapacitado para contratar.
El derecho de propiedad es un derecho real que confiere al propietario el derecho exclusivo de usar, poseer y disponer de un bien mueble o inmueble, siempre que no haya sido objeto de cesión o transmisión.
El Código Civil Argentino define el contrato como un acuerdo de voluntades entre dos personas o más, mediante el cual una de ellas cede a la otra un derecho o una obligación.

Metodología

La prórroga del contrato de arrendamiento es un mecanismo legal que permite al arrendador extender el plazo del contrato por un período adicional, siempre y cuando las partes hayan acordado previamente en el contrato.
En este caso, el contrato original expira el 31 de diciembre de 2020. Sin embargo, el propietario desea extender el contrato hasta el 31/12/2021. Para ello, el inquilino:
Debe notificar al propietario por escrito (por correo electrónico o carta) con una antelación mínima de 30 días antes de la fecha de vencimiento del contrato original.
El propietario debe responder dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación. Si no lo hace, el nuevo contrato tendrá una duración de un año más.
Si el propietario no responde dentro de ese plazo, el proceso de renovación se considerará terminado y el contrato expirará automáticamente.
El inquilino tiene derecho a rescindir el contrato si el propietario ha incumplido sus obligaciones contractuales.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractualmente establecidas por parte del propietario dará lugar a la rescisión del contrato.
El procedimiento de rescisión se iniciará por escrito, con una solicitud de rescindimiento firmada por el inquilinos y enviada al propietario.

Resultados y discusión

1. El arrendador puede prorrogar el contrato de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 24.240, siempre que las partes acuerden previamente en él.
2. La prórroga del presente contrato de locación se realizará por un plazo de UN (1) año, contados a partir del día siguiente a aquel en que expire el contrato vigente.
3. El contrato de prórroga podrá ser celebrado por períodos sucesivos, sin que en ningún caso pueda exceder de cinco (5) años.
4. El plazo de prórroga será computado desde la fecha en que el arrendador notifique al arrendatario la voluntad de prorrogar el presente contrato.
5. El precio mensual de la renta deberá ser actualizado conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes anterior al vencimiento de la prórroga.
6. El pago de la primera cuota de la nueva prórroga deberá efectuarse dentro de QUINCE (15) días corridos de la firma del nuevo contrato.
7. El importe de la segunda cuota de prórroga deberá ser abonado dentro de TREINTA (30) días hábiles de la finalización del plazo de la última prórroga.

Conclusiones

En el caso de que el contrato no se prorrogue, el arrendatario tendrá derecho a rescindir el contrato en cualquier momento, sin necesidad de dar ninguna razón, y sin incurrir en ninguna penalización.
Si el contrato se prorroga, el inquilino tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios equivalente al valor de la fianza, más los intereses legales correspondientes.
El arrendatario tiene derecho a: 1) El reembolso de la totalidad de la cantidad pagada por adelantado durante el período de prórroga; 2) La devolución de la suma pagada como depósito de garantía; 3) El pago de los gastos de limpieza y mantenimiento hasta la fecha de terminación del contrato; 4) El reintegro de los bienes muebles entregados al arrendador; 5) El derecho a utilizar los bienes inmuebles durante el tiempo restante del contrato.
En el supuesto de que se produzca la extinción del contrato de arrendamiento por cualquiera de las causas previstas en el artículo 11 de la ley 24.241, el propietario podrá exigir al inquilino el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, así como el pago de las sumas adeudadas, incluyendo los intereses de demora.

Recomendaciones

La Ley 24.240 establece que el plazo máximo de duración del contrato es de cinco años, prorrogables por períodos iguales o inferiores. Sin embargo, el artículo 12 de la misma ley establece que si el contrato de locación se prorrogara por períodos superiores a cinco años (por ejemplo, por diez años), el contrato deberá ser renovado por períodos sucesivos de cinco año cada uno, salvo que el propietario lo solicite expresamente.
En este caso, el contrato debe renovarse por períodos de cinco meses cada uno. Si el contrato fuera renovado por un período superior a cinco meses, el nuevo contrato deberá tener una duración mínima de tres meses.
En cuanto a la prórroga automática, el Código Civil y Comercial de la Nación establece que cuando el contrato sea celebrado por plazos fijos, el plazo inicial será el que resulte de la duración máxima del contrato. Si esta duración fuese inferior a cinco (5) años, el término inicial será de cinco (05) años. Si la duración fuese superior a ese plazo, el primer plazo será de dos (2) años y el segundo de tres (3) años.

Agradecimientos

El modelo de contrato puede ser descargado desde el siguiente enlace:
Si desea descargar el modelo de acuerdo de prórroga de contrato en formato Word, haga clic en el siguiente botón:
El presente documento tiene por objeto establecer las condiciones de uso del sitio web (en adelante, el Sitio Web), titularidad de MIGUEL ÁNGEL GARCÍA RODRÍGUEZ (en lo sucesivo, EL PROPIETARIO DE LA WEB), con domicilio social en C/ San Juan de la Cruz, nº 1, 1º Dcha., 28001 Madrid, España, con NIF PI:KEY, teléfono PI:IP_ADDRESS.00 y correo electrónico
El acceso y/o uso de este Sitio atribuye la condición de USUARIO, que acepta, desde dicho acceso y/o utilización, las Condiciones Generales de Uso aquí reflejadas. Las citadas Condiciones serán de aplicación independientemente de las Condicions Generals de Contratación que en su caso resulten de obligado cumplimiento.

Artículos Relacionados:

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad