Decreto 814/01: Porcentajes

Decreto 814/01: Porcentajes

La Ley Nº 24.156, de 30 de diciembre de 1994, establece el régimen de la participación de los trabajadores en las ganancias y pérdidas de las empresas públicas y privadas, así como en las utilidades de las sociedades anónimas y demás entidades que se rigen por la ley Nº 19.550, de 23 de diciembre del mismo año.
En consecuencia, el artículo 1º del Decreto Nº 814/001, de fecha 12 de enero de 2001, reglamenta el artículo 2º de la mencionada ley, disponiendo que los porcentajes de participación de cada uno de los sectores mencionados en el artículo 2 de la citada ley, serán los siguientes:
a) Sector público: un (1) punto porcentual.
b) Sector privado: un punto porcentualmente superior al sector público.
c) Sector cooperativo: un dos (2) puntos porcentuales.
d) Sector financiero: un tres (3) puntos porcentualmente inferior al sector privado.
e) Sector industrial: un cuatro (4) puntos superiores al sector financiero.
f) Sector comercial: un cinco (5) puntos inferiores al sector industrial.
g) Sector agropecuario: un seis (6) puntos iguales al sector comercial.
h) Sector servicios: un siete (7) puntos igual al sector agropecuario.
i) Sector turístico: un ocho (8) puntos inferior al resto de los anteriores.
j) Sector pesquero: un nueve (9) puntos superior al resto del sector turístico.

¿Cómo se calcula el crédito fiscal del Decreto 814?

El crédito fiscal es el monto que se le otorga a una empresa para compensar el impuesto a las ganancias que debe pagar por sus ventas o compras de bienes y servicios. El crédito fiscal se calcula tomando como base el valor de las ventas o importaciones realizadas durante el ejercicio anterior, multiplicado por el porcentaje de participación correspondiente al sector en el que se encuentra la empresa.
El crédito tributario es el importe que se devuelve a una persona física o jurídica por el Impuesto a las Ganancias que pagó en exceso durante el año calendario anterior. El cálculo del crédito tributarios se realiza tomando como referencia el total de las operaciones gravadas con el Impuesto Nacional a las Transacciones Financieras (INTTF) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) realizadas durante dicho período.
El Crédito Fiscal es el resultado de multiplicar el valor total de todas las operaciones realizadas por la empresa durante el período fiscal por el coeficiente de participación del sector en que se encuentre la empresa.

¿Cuál es el porcentaje de contribuciones patronales 2022?

La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva establece que las contribuciones patronais deben ser abonadas en un plazo de hasta 30 días corridos desde la fecha de la presentación de la declaración jurada de ingresos brutos del mes de diciembre de 2020.
En caso de que no se cumplan con los plazos establecidos, se aplicará una multa del 10% mensual sobre el monto adeudado, hasta alcanzar el máximo de $150.000.
El decreto 814/02 establece que el pago de las contribuciones sociales se realizará en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2021.
El primer pago se realizará el día 1 de enero de 2021, el segundo el día 2 de enero y el tercero el día 3 de enero.
El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de marzo de este año la vigencia de la Resolución General N° 4.982, que establece el régimen de facilidades de pago para el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos y el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

¿Cuándo se puede tomar el Decreto 814?

El Decreto 813/01 establece que los contribuyentes podrán solicitar el pago anticipado de las obligaciones impositivas y de los derechos de importación, aduaneros y de seguridad social, vencidas durante el año calendario anterior, siempre que se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aduaneras.
El artículo 13 del Decreto 812/01 establece que: «El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un término no mayor de ciento ochenta (180) días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial».
El Decreto 812/01 establece la prórroga de la vigencia del Régimen de Facilidades de Pago para el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), establecido por la Resoluciones Generales N° 4999 y 4999-A, respectivamente.
El Artículo 12 del Decreto 798/01 establece: «El Poder ejecutivo reglamentará esta ley en el plazo de ciento veinte (120) días, contados desde la entrada en vigencia de esta ley».

¿Cuánto es el importe a detraer en el 931 2022?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó el Decreto Nº 814/2021, mediante el cual prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 el régimen de facilidades de pago dispuesto por la Ley N° 27.541, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General N° 4998/2020.
El objetivo de la medida es permitir a los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente, acceder a un período de gracia en el pago de las deudas impositivas, aduaneras y de Seguridad Social vencidas entre el 1 de enero de 2020 y el 31de diciembre de 2020.
El decreto establece que el régimen será aplicable a las obligaciones fiscales y aduanera vencidas en el año 2021, inclusive, y a las correspondientes al ejercicio fiscal 2020, cuyo vencimiento se produzca entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021.
Asimismo, el artículo 2° del decreto establece: «Para los efectos de la presente medida, se considerarán como obligaciones fiscales vencidas las que se hayan generado en el ejercicio fiscal 2019, así como las que correspondan al ejercicio 2020, cuya fecha de vencimiento sea posterior al 1° de julio de 2020».

Artículos Relacionados:

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad