¿Cuántas horas extra pueden cobrar los encargados de edificios?

¿Cuántas horas extra pueden cobrar los encargados de edificios?

Los encargados de edificio son trabajadores que se encargan de la limpieza, mantenimiento y reparación de las instalaciones de una comunidad de vecinos. En este artículo vamos a tratar de aclarar algunas dudas sobre el tema.
En primer lugar, hay que diferenciar entre encargado de edificio y conserje. El encargado de edificios es el encargado de mantener en perfecto estado las instalaciones del edificio, mientras que el conserje se encarga de la seguridad y vigilancia del edificio.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta que existen diferentes tipos de encargados de edificaciones. Por ejemplo, podemos encontrar encargados de obras, encargados de mantenimiento, encargados generales o encargados de servicios.
En cuanto a las horas extras que pueden cobrar estos trabajadores, lo primero que hay que decir es que no existe un límite legal establecido. Esto quiere decir que cada comunidad de propietarios puede establecer sus propias condiciones para el cobro de horas extras.
Sin embargo, sí que hay algunos aspectos que debemos tener en consideración a la hora de calcular las horas extraordinarias que pueden percibir los encargados del edificio. Estos aspectos son:
La jornada laboral: Es importante saber que la jornada laboral de los encargados debe ser de 8 horas diarias. No obstante, si la comunidad de viviendas tiene más de 50 viviendas, la jornada máxima será de 12 horas diarias.
Las horas extraordinarias: Las horas extraordinarias deben ser remuneradas con un incremento salarial del 20% sobre la base de convenio colectivo. Además, estas horas extraordinarias no podrán ser inferiores a 6 horas diarias ni superiores a 24 horas semanales.

¿Cuántas horas extras puede hacer un encargado de edificio?

El encargado de obra es el trabajador encargado de realizar las obras de construcción o reforma de una vivienda. Este trabajador suele estar contratado por un periodo de tiempo determinado y su salario dependerá de la duración de la obra.
El encargado general es el responsable de coordinar todas las actividades de mantenimiento y limpieza del edificio de una manera ordenada y eficaz. Este tipo de trabajador suele trabajar en una empresa externa y cobra un sueldo fijo mensual.
El conserje es el empleado encargado de la vigilancia y seguridad del edificio durante las 24 horas del día. Este empleado suele trabajar como autónomo y cobra una cantidad fija mensual.
Si quieres conocer más sobre los distintos tipos de empleados que trabajan en una comunidad, puedes leer nuestro artículo ‘¿Qué es un conserje?’.
El pasado mes de junio, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Dicho decreto-ley establece una serie de medidas destinadas a favorecer la contratación indefinida de los trabajadores desempleados, así como a fomentar la contratación de jóvenes menores de 30 años.
Entre las medidas aprobadas, destaca la creación de un nuevo contrato de formación y aprendizaje, que sustituye al antiguo contrato de prácticas.

¿Cuántas horas deben trabajar los encargados de edificios?

El contrato de encargado de obras es un contrato de trabajo temporal, por lo que no se puede disfrutar de vacaciones ni de días de descanso. El encargado de trabajos temporales tiene derecho a percibir una indemnización por despido improcedente de 45 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
El contrato indefinido de encargado general tiene una duración máxima de tres años, aunque este contrato puede prorrogarse por otros tres años más. El contrato indefinido tendrá una duración mínima de seis meses y máxima de dos años.
El convenio colectivo de empresas de servicios de limpieza y mantenimiento de edificios establece que el horario de trabajo de los encargados generales será de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas. Los sábados y domingos trabajarán de 8:00 a 14:00 h.
El horario de los conserjes será de 7:00 a 15:00 horas, de lunes á viernes. Los fines de semana trabajarán entre las 8:00 y las 14:00 horas.
El salario de los encargos de obras será el que se establezca en el convenio colectivo correspondiente. El salario de un encargado general será el establecido en el Convenio Colectivo de Empresas de Servicios de Limpieza y Mantenimiento de Edificios de Madrid.

¿Cómo se calculan las horas extras en suterh?

En la mayoría de contratos de trabajo, el trabajador tiene derecho al cobro de horas extraordinarias. Estas horas extraordinarias se pagan con un incremento salarial del 20% sobre el salario base.
Las horas extraordinarias son aquellas que se realizan fuera del horario habitual de trabajo. Por ejemplo, si un trabajador trabaja de lunes hasta viernes, pero realiza horas extraordinarias los sábados, domingo y festivos, el sueldo de ese trabajador se incrementará en un 20%.
Si el trabajador realiza horas extras durante su jornada laboral, estas horas se descontarán de su salario. Si el trabajador no ha realizado horas extras, no se le descontarán.
Los encargados de obras tienen derecho a realizar horas extras siempre que sean necesarias para el buen funcionamiento de la obra. Las horas extras se pagarán con un aumento del 20% del salario base. Además, el empleado tendrá derecho a descansar cada día laborable entre 1 y 2 horas.
La empresa debe pagar las horas extraordinarias realizadas por el trabajador. Sin embargo, el empleador no tiene obligación de pagar las jornadas completas de los trabajadores que realicen horas extras.

¿Cómo se consideran las horas extras?

Las horas extras son aquellas horas que se hacen fuera del tiempo de trabajo normal. Por lo tanto, las horas extra se pagan como horas ordinarias. El trabajador tiene dos opciones:
– Pagar las horas trabajadas más el 20% de incremento salarial. Este es el método más común. Es decir, el encargado de edificio paga las horas que ha trabajado más el 20 % de incremento.
– No pagar las hora extras. En este caso, el responsable de la construcción no paga las cantidades correspondientes a las horas extraordinarias.
Para calcular las horas totales trabajadas por un trabajador, se deben tener en cuenta las horas normales y las horas adicionales. Para ello, se debe dividir el total de horas trabajados entre el número de días laborables.
Por ejemplo, un trabajador que trabaje 5 días a la semana, tendrá que dividir el número total de sus horas trabajas entre 5. De esta forma, obtendrá el número medio de horas diarias que trabaja.
A continuación, se calcula el número máximo de horas extras que puede trabajar un trabajador. Para esto, se divide el número diario de horas extra entre el total anual de horas laborales. Por último, se multiplica el resultado por el porcentaje de incremento de las horas extres.

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